(Foto: adnrionegro)
Abril de 2018. Furilofche-Bariloche. Barrio Virgen Misionera. Un grupo de chicos es rociado con gas pimienta y agredido por policías de Río Negro cuando esperaban un colectivo en la parada del barrio. Las motos de los policías no tienen patente identificatoria; los policías tampoco. No es, además, la primera vez.
Ningún organismo estatal con competencia en el tema, interviene. En su lugar, una organización social presenta un hábeas corpus, haciendo la denuncia del hostigamiento policial contra las personas menores de edad del barrio. La jueza interviniente, pide informes a la Policía. Esta admite los hechos. La jueza ordena el cese del hostigamiento, y pide respuestas al Ministerio de Seguridad de la cual depende la policía. Su Ministro, responde, entre otras cosas, que “…atento el requerimiento de los reclamantes, de los eventuales hechos de hostigamiento o agresiones o amenazas inminentes que provoca la presencia policial en la zona urbana de situación, una de las alternativas que pueden manejarse desde la Jefatura de Policía es excluir del diagrama policial los rondines, patrullas motorizadas y peatonales en el barrio Virgen Misionera…”. Sí; la alternativa si no querés que los hostiguen, no es que dejen de hostigar, sino que dejen de ir los policías hostigadores. Muy bonito el Ministro de Inseguridad.
¿Peréz Esteban puede gestionar un área tan sensible como la seguridad, si es capaz de proponer violar la ley, como alternativa a la violación de la ley?.
La jueza se alarma. Considera a tal respuesta una “amenaza velada”. Otra vez, ningún organismo estatal con competencia en el tema, interviene. En su lugar, un abogado ajeno a las dinámicas y pactos de silencio del poder local (y a La luz de su trayectoria, de la corporativa familia político-judicial), oriundo de Viedma, en su carácter de vecino de la provincia, considera que es una afirmación concreta, nada velada, de contrariar la Ley S 4200, dejando sin protección ni prevención del delito, a todo un barrio. Se indigna, y en ese acto, se digna: presentará un pedido de juicio político al funcionario ante la comisión respectiva del poder legislativo. A ver si algun organismo estatal con competencia en el tema, se hace cargo.
(Descarga del texto completo del pedido de Juicio Político, acá)
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PEDIDO DE JUICIO POLITICO A GASTON PEREZ ESTEVAN
Viedma, 13 de agosto de 2018.-
Al Sr. Presidente de la
SALA ACUSADORA DE JUICIOS POLITICOS
DE LA
Legislatura de Río Negro
S / D:
FAVIO MARTÍN IGOLDI, DNI.22.012.653, abogado del foro local, fijando mi domicilio en calle Buenos Aires 68, 1ro C de Viedma, me presento ante Ud y digo:
I.- OBJETO: Que vengo por la presente a formalizar, en los términos del art. 150 y siguientes de la Constitución Provincial, pedido de juicio político contra el Ministro de Seguridad y Justicia de Río Negro, Dr. Gastón Perez Estevan, por las razones que a con-tinuación expondré en los términos requeridos por la Ley B 4340.-
II.- MOTIVOS DE HECHO Y JURÍDICOS:
II.1.- Iniciaré la presentación señalando que los hechos por los que peticiono el juicio político del Ministro provincial no obedecen a su desconocimiento del Derecho, feha-cientemente comprobados en su examen escrito cumplido ante el Consejo de la Magis-tratura de Río Negro, -el cual, anuncio, reprobó.-
Si bien demostró desconocer principios jurídicos que versan sobre la materia de su Car-tera Ministerial, lo cierto es que será una decisión política del Gobernador seguir gestio-nando asesores incapaces. Es su decisión política y por ende, no imputable al Ministro.-
II.2.- Sin embargo, el Ministro incurrió en otra conducta sumamente reprochable por este medio legal. El mismo denota su falta de apego a sus principales obligaciones lega-les: a saber: organizar y dirigir las políticas de Seguridad provincial, lo que claramente incluye el manejo de la Policía de Río Negro.-
Concretamente: En el expediente judicial caratulado “B. G. y OTROS S/ HABEAS COR-PUS”, expte. nro. 24854/18 en trámite ante el Juzgado de Familia Nro. 7 de San Carlos de Bariloche, días atrás, el denunciado cometió una falta que amerita ser tratada por su gravedad.-
El Ministro afirmó, al brindar informe a la Jueza del Habeas Corpus, que “atento el requerimiento de los reclamantes, de los eventuales hechos de hostigamiento o agre-siones o amenazas inminentes que provoca la presencia policial en la zona urbana de situación, una de las alternativas que pueden manejarse desde la Jefatura de Po-licía es excluir del diagrama policial los rondines, patrullas motorizadas y peatona-les en el barrio Virgen Misionera”.-
Sin tapujos, sin sonrojarse tal vez, el Funcionario en una conducta inédita y reñida con sus obligaciones legales – Ley S 4200- propone concretamente: “liberar la zona” de Seguridad, no brindar el servicio público de seguridad que se encuentra a su exclusivo cargo.
La sola afirmación aparece como una falta grave que amerita el inmediato abandono del cargo de parte del Ministro. No quisiera ni imaginar que este Funcionario haya formali-zado de alguna manera aquella afirmación – amenaza, y, finalmente, haya quitado parte del diagrama de prevención de delitos en la zona en crisis.
La Jueza Marcela Pájaro tildo el dicho de amenaza velada; no lo comparto. Fue una afir-mación concreta, sin velos.
De este modo, se observan violentadas, como mínimo, las siguientes obligaciones fun-cionales de la Ley S 4200:
Art. 3 inc. c): Proteger la integridad física de las personas y sus bienes.
Art. 3 inc. d): Promover y coordinar los programas de disuasión y prevención de delitos.
El Ministro, propuso en una nota oficial, a un integrante del Poder Judicial de Río Negro, omitir cumplir con sus obligaciones; ello se consuma como una falta grave a sus funcio-nes que amerita el inicio y prosecución de su Juicio Político.-
No puedo dejar de señalar que no es poca la preocupación que me genera que sea un simple habitante de la provincia el que movilice este mecanismo constitucional, obser-vándose que los graves dichos del Ministro aparezcan como algo normal –y no lo es-.
III.- PRUEBA: A los fines de acreditar los extremos denunciados, solicito:
1.- Se requiera a la Jueza Marcela Pájaro la copia de las actuaciones de Habeas Corpus citada,
2.- Se tome declaración testimonial a la Dra. Pájaro para que se exprese sobre las circuns-tancias del proceso de amparo nombrado y la actividad del Ministro en el mismo.-
3.- Se recabe original o copia del parte diario y libro de móviles policiales anteriores y posteriores a la afirmación del Ministro, para verificar si además de sugerir un acto ilegal lo cumplió.-
IV.- PETITORIO: Por lo expuesto solicito:
1.- Se tenga por formalizada denuncia de pedido de juicio político contra el Ministro de Seguridad y Justicia provincial;
2.- Se me convoque a ratificar denuncia y se avance con la producción prueba;
3.- Se dé trámite de ley hasta la destitución el funcionario de mención.-
Proveer de conformidad que,
SERÁ JUSTICIA